martes, noviembre 10, 2009

Recorte para la aplicación de la Jurisdicción Universal

Reformado el ppo. de  la Jurisdicción Universal.


El parlamento español ha reformado el principio de Jurisdicción Universal, limitándola a los casos en los que hay víctimas españolas o que los presuntos responsables sean españoles, o estén en territorio español.


La reforma afecta al art. 23 de la LOPJ, que regula las competencias en los casos de delitos de genocidio, lesa humanidad, terrorismo o piratería, entre otros.


En septiembre, los dos grandes partidos, PSOE y PP, se pusieron de acuerdo en el Congreso para, juntos, tumbar el mecanismo que permitía a España tramitar, bajo el principio de la jurisdicción universal casos como el del genocidio en Guatemala o el Tíbet, los crímenes de guerra en Gaza, las torturas en Guantánamo o, más recientemente, los actos de piratería en las costas de Somalia Una quincena de casos había pendientes en la Audiencia Nacional, ocasionando conflictos diplomáticos. Siendo interpretado por China, Israel o EEUU como una injerencia de la acción judicial española.


Sólo ERC, IU, ICV y el BNG se opusieron en el Pleno del Congreso al último trámite para limitar la jurisdicción. El resto de la Cámara, CiU, PNV y los demás componentes del Grupo Mixto, se sumaron a la mayoría.


Este cambio, en opinión de asociaciones nacionales e internacionales, supone el fin de la mayor aportación española de los últimos años en materia de derechos humanos.


El T.C. reconoció en 2005 la capacidad de la Audiencia Nacional para perseguir delitos aunque las víctimas no fueran españolas. España está obligada a actuar por los convenios internacionales firmados.


De este modo el estado español se suma así a otros países como Bélgica que en 1993 modificó la ley de Competencia Universal, que le había permitido investigar matanzas como la de Ruanda y el Congo.